Cada vez más condominios, edificios corporativos y comunidades cerradas incorporan sistemas de control de acceso digital para gestionar la entrada de residentes, visitas y proveedores. Sin embargo, con esta modernización tecnológica surge una pregunta clave:
¿qué ocurre con los datos personales que se registran en estos sistemas?
El control de acceso no solo regula el tránsito, sino que también recopila información sensible, como nombres, RUT, placas vehiculares, horarios de ingreso y salida, e incluso fotografías o datos biométricos. Por eso, la Ley 19.628 sobre Protección de la Vida Privada establece normas claras que toda administración debe cumplir para evitar sanciones y resguardar la privacidad de las personas.
En este artículo, te explicamos qué exige la ley chilena en materia de registro de visitas, cómo garantizar la seguridad de esos datos mediante software especializado y por qué elegir un sistema de acceso conforme a la normativa no es solo una obligación, sino una inversión en confianza y transparencia.
1. La evolución del registro de visitas: del papel al control digital

Hasta hace algunos años, el control de acceso en condominios era manual:
un libro en la portería, una firma y una anotación del RUT o del departamento visitado.
Ese método, aunque simple, no ofrecía trazabilidad ni protección de datos. Cualquier persona podía acceder a la información escrita, y los registros podían perderse o manipularse fácilmente.
Con la digitalización, los registros pasaron a plataformas electrónicas y sistemas inteligentes que almacenan toda la información de forma estructurada, integrando funciones como:
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Registro automático de visitas y residentes.
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Captura de patentes o códigos QR.
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Validación mediante app móvil o invitación digital.
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Control de horarios y zonas de acceso.
Sin embargo, esta evolución también implicó un nuevo desafío: proteger los datos recopilados.
El artículo Controles de acceso corporativos en Chile: la nueva frontera de la seguridad empresarial explica cómo los sistemas empresariales de alto estándar ahora se adaptan a condominios residenciales, integrando tecnología avanzada con cumplimiento legal, lo que garantiza operaciones seguras y auditables.
2. Qué establece la Ley 19.628 sobre protección de datos personales

La Ley N° 19.628, también conocida como Ley de Protección de la Vida Privada, regula el tratamiento de datos personales en Chile.
Su objetivo es resguardar la privacidad de las personas frente al uso de información que pueda identificarlas o afectarlas.
Según esta ley, se considera dato personal cualquier información relacionada con una persona natural identificada o identificable, lo que incluye:
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Nombre completo.
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Número de RUT.
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Dirección, teléfono o correo electrónico.
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Registro de visitas o de accesos.
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Fotografías o grabaciones de video.
En el contexto de los sistemas de acceso, esto significa que:
Cada vez que un condominio o edificio registra la entrada de una persona (sea residente, proveedor o visitante), está tratando datos personales y, por lo tanto, debe cumplir con las obligaciones legales de:
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Informar al usuario que sus datos están siendo recopilados.
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Obtener su consentimiento, salvo en los casos expresamente autorizados por ley.
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Usar los datos solo para el fin declarado (control de acceso y seguridad).
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Protegerlos adecuadamente frente a pérdida, robo o acceso no autorizado.
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Eliminar los datos cuando ya no sean necesarios.
En otras palabras, no basta con tener cámaras o software, sino que la administración debe demostrar que maneja correctamente la información personal de los residentes y visitantes.
3. El principio de finalidad: usar los datos solo para seguridad
Uno de los pilares de la Ley 19.628 es el principio de finalidad, que establece que los datos personales deben utilizarse solo para el propósito con el que fueron recolectados.
En el caso de los sistemas de control de acceso, ese propósito es garantizar la seguridad del recinto, no otros fines.
Por ejemplo:
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Los datos no pueden usarse para enviar publicidad o comunicaciones no autorizadas.
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No deben compartirse con terceros ajenos a la comunidad.
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No deben publicarse en listas visibles o informes sin justificación.
Un software de control de visitas bien diseñado —como el que utiliza Federal Access— permite restringir el uso de la información exclusivamente a fines de seguridad, registrando cada ingreso y salida, pero sin exposición pública ni uso indebido.
Este punto es esencial para evitar reclamos, sanciones o conflictos con residentes que consideren vulnerado su derecho a la privacidad.
4. Consentimiento informado: cómo aplicarlo en un condominio

La ley exige que toda persona autorice el uso de sus datos personales de forma voluntaria e informada.
Esto implica que debe saber:
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Qué datos se recopilan.
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Para qué se usarán.
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Quién será responsable de protegerlos.
En los condominios, este consentimiento se aplica de manera práctica mediante:
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Avisos visibles en accesos y porterías, informando que el ingreso implica la recopilación de datos con fines de seguridad.
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Políticas de privacidad internas, aprobadas por la administración.
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Software que muestra términos y condiciones al registrar visitas.
De esta forma, el visitante otorga consentimiento implícito al ingresar, sabiendo que sus datos serán usados exclusivamente para control y trazabilidad.
5. Responsabilidad del administrador como custodio de los datos
La ley también define una figura clave: el responsable del tratamiento de datos.
En un condominio, esa responsabilidad recae en la administración, que debe:
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Garantizar la confidencialidad de los registros.
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Controlar quién accede a la base de datos.
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Evitar filtraciones o mal uso de la información.
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Cumplir los plazos de conservación definidos por ley.
Esto significa que si se produce una filtración o exposición indebida de datos personales (por ejemplo, publicar una lista de visitantes en redes sociales o no resguardar los respaldos del sistema), la comunidad puede enfrentar sanciones legales o reclamos ante la autoridad.
Contar con un proveedor como Federal Access, que ofrece software con protocolos de cifrado, control de accesos administrativos y almacenamiento seguro en servidores certificados, protege a la administración de estas contingencias legales.
6. Qué sanciones arriesga un condominio por incumplir la ley
Aunque muchos desconocen este punto, las sanciones por vulnerar la Ley 19.628 son reales y aplicables a comunidades privadas.
Pueden ir desde:
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Multas económicas, determinadas por el Consejo para la Transparencia o la autoridad competente.
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Reclamaciones civiles por daño moral, interpuestas por personas afectadas.
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Denuncias públicas que dañan la reputación de la comunidad.
Por ejemplo, si un visitante descubre que sus datos fueron compartidos sin autorización o mal resguardados, tiene derecho a exigir su eliminación inmediata o incluso iniciar una acción judicial.
Por eso, la prevención es siempre más económica y eficiente que la reparación.
7. Cómo un software seguro evita vulneraciones legales

Un sistema de control de acceso con respaldo legal no solo agiliza la gestión diaria, sino que protege a la comunidad frente a eventuales reclamos o sanciones.
Un software conforme a la Ley 19.628 debe incluir:
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Acceso restringido por perfiles de usuario (solo el personal autorizado puede ver datos).
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Registros cifrados tanto en tránsito como en almacenamiento.
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Auditoría interna, para saber quién accedió a la información y cuándo.
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Eliminación automática o programada de registros antiguos.
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Notificaciones al visitante sobre la finalidad del registro.
Estas funciones aseguran que la administración pueda demostrar cumplimiento legal ante cualquier revisión o reclamo.
Puedes conocer más sobre las funcionalidades clave en el artículo ¿Qué funcionalidades debe incluir un buen software de control de visitas?, donde se detallan los componentes técnicos que garantizan trazabilidad, transparencia y control digital sin vulnerar la privacidad.
8. Qué hacer con los registros antiguos o manuales
Muchas comunidades aún conservan libros de visitas en papel o bases de datos sin respaldo digital.
En esos casos, es recomendable aplicar una política de depuración progresiva:
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Digitalizar los registros necesarios para conservar trazabilidad histórica.
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Eliminar la información antigua que ya no sea relevante o cuyo propósito haya caducado.
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Evitar mantener datos sensibles sin medidas de protección física o lógica.
Un sistema moderno, como los de Federal Access, permite importar datos antiguos y gestionarlos conforme a la ley, asegurando que los registros se mantengan solo el tiempo estrictamente necesario.
9. Cómo integrar seguridad física y legal en un mismo sistema

El control de acceso ideal no solo protege puertas, sino también la información que pasa por ellas.
Esto se logra integrando:
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Hardware confiable: lectores, cámaras y cerraduras seguras.
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Software con certificaciones legales: cifrado, control de permisos y respaldo en la nube.
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Protocolos internos de manejo de datos: políticas de retención y eliminación.
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Capacitación mínima del personal: para registrar y comunicar correctamente a los visitantes.
Así, el condominio obtiene un sistema de seguridad completo, que resguarda tanto la integridad física del recinto como los derechos digitales de las personas.
10. Cómo comunicar la política de privacidad a los residentes
La transparencia es fundamental.
Una comunidad que informa cómo protege los datos genera confianza y reduce conflictos.
La política de privacidad debe incluir:
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Qué tipo de datos se recopilan.
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Por cuánto tiempo se conservan.
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Quién puede acceder a ellos.
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Cómo solicitar su corrección o eliminación.
Publicar esta información en murales o en la aplicación del condominio demuestra compromiso y fortalece la imagen profesional de la administración.
11. El rol del proveedor tecnológico en el cumplimiento normativo
Elegir un proveedor de sistemas de acceso no debe basarse solo en precio o estética.
Debe considerarse su capacidad de cumplir estándares de protección de datos y brindar soporte técnico legalmente seguro.
Federal Access, por ejemplo, trabaja con infraestructura de nube certificada, cifrado de extremo a extremo y gestión de accesos diferenciados, asegurando que los datos personales de residentes y visitantes se almacenen bajo las normas chilenas y estándares internacionales de privacidad (ISO 27001).
De esta forma, la administración traslada parte de la responsabilidad tecnológica al proveedor, reduciendo su riesgo operativo.
12. Casos comunes de incumplimiento en comunidades
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Uso de planillas Excel sin seguridad: cualquier persona puede copiarlas o enviarlas por error.
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Publicación de listas de visitas o vehículos: práctica que expone datos sensibles.
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Uso de sistemas gratuitos o no certificados: sin respaldo legal ni encriptación.
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Grabaciones sin aviso visible: vulneran el consentimiento informado.
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Manejo de registros por personal no autorizado: brecha interna de seguridad.
Estos casos son frecuentes y generan reclamos formales ante la autoridad, lo que puede derivar en sanciones y pérdida de confianza por parte de los residentes.
13. Qué debe contener un contrato de servicio seguro

Para proteger a la comunidad, el contrato con el proveedor debe incluir cláusulas sobre:
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Confidencialidad de la información.
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Responsabilidad frente a pérdida o filtración de datos.
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Política de respaldo y actualización del software.
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Cumplimiento de la Ley 19.628.
Estas cláusulas formalizan la relación y aseguran que el proveedor responda ante cualquier evento que involucre datos personales.
14. Cómo demostrar cumplimiento ante una fiscalización o reclamo
Si una autoridad o residente solicita información sobre el manejo de datos, la administración debe poder mostrar evidencia verificable:
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Copia de la política de privacidad.
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Registros de acceso al sistema.
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Procedimientos de eliminación de datos.
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Bitácoras de mantenimiento y auditorías.
Un sistema como el de Federal Access permite exportar reportes automáticos, mostrando fechas, usuarios y acciones realizadas, lo que facilita cumplir con cualquier requerimiento legal o técnico.
15. Conclusión: la seguridad también se mide en cumplimiento legal
Hoy, la seguridad de un condominio no se mide solo por cuántas cámaras o barreras tiene, sino por la responsabilidad con que maneja los datos de quienes ingresan.
Un control de acceso moderno debe ofrecer eficiencia operativa, trazabilidad y cumplimiento normativo en una sola plataforma.
En resumen:
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Toda comunidad que registra visitas trata datos personales.
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La Ley 19.628 exige consentimiento, finalidad clara y protección adecuada.
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Los sistemas deben cifrar, limitar y auditar el uso de esa información.
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El cumplimiento legal evita sanciones y construye confianza entre residentes.
Con Federal Access, tu condominio no solo controla accesos: cumple la ley, protege la privacidad y garantiza seguridad inteligente sin riesgos legales.
